miércoles, 30 de julio de 2014

MEDIO AMBIENTE

LEY GENERAL DEL AMBIENTE, Ley N° 28611:

La educación ambiental es un proceso educativo integral, que genera conocimientos, actitudes, valores y prácticas en las personas, para que desarrollen sus actividades en forma ambientalmente adecuada, contribuyendo al desarrollo sostenible de nuestro país. (Artículo 127.1).

El cumplimiento de la política nacional de educación ambiental, es obligatorio para los procesos de educación y comunicación desarrollados por entidades que tengan su ámbito de acción en el territorio nacional. (Artículo 127.2)

POLÍTICA NACIONAL DEL AMBIENTE, DS. 012 - 2009- MINAM

Objetivo general:
Mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de entornos saludables, viables y funcionales; y el desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y coherente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona.

Objetivo específico:
Alcanzar un alto grado de conciencia y cultura ambiental en el país, con la activa participación ciudadana de manera informada y consciente en los procesos de toma de decisiones para el desarrollo sostenible.
BASE LEGAL
Toda persona tiene derecho a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida (Numeral 22 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú).

El estado promoverá la participación responsable e informada del sector privado y de la sociedad civil en la toma de decisiones ambientales y en la vigilancia de su cumplimiento y fomentará una mayor conciencia ambiental (Décimo Novena Política de Estado sobre Gestión Ambiental y Desarrollo Sostenible del Acuerdo Nacional del año 2002).



La conciencia ambiental que motiva el respeto, cuidado y conservación del entorno natural para el desarrollo de la vida, contribuye a la formación de una sociedad que supere la pobreza e impulse el desarrollo sostenible del país (Inciso “g” del artículo 8° e inciso “b” del artículo 9° de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación).

FUNDAMENTOS:


La humanidad ha avanzado en el desarrollo de la ciencia y tecnología, el mercado y las industrias, también en establecer políticas públicas de protección de las personas, sociedades y el ambiente. Afronta desafíos vinculados principalmente con:

La humanidad ha avanzado en el desarrollo de la ciencia y tecnología, el mercado y las industrias, también en establecer políticas públicas de protección de las personas, sociedades y el ambiente.

Estos retos están relacionados con algunos valores y estilos de vida que necesitamos reorientar para vivir de modo más armónico con la naturaleza revalorando el derecho a la existencia de otras especies; de vivir de modo más inclusivo y democrático con todas las culturas y sociedades; asumir plenamente la responsabilidad social y ambiental por los impactos ambientales reales o potenciales; ir hacia patrones de vida y consumo más sostenibles y responsables con el ambiente; generalizar la cultura de prevención y construir visiones de futuro con modos de vida más sostenibles para todos. Es decir buscando el desarrollo sostenible.

En estos desafíos la educación ambiental tiene un papel fundamental a nivel del sistema educativo como a nivel de la sociedad en general. Así, el proceso educativo, con enfoque ambiental, de género e intercultural, se orienta hacia la formación de un nuevo tipo de ciudadano o ciudadana con las siguientes características:




La educación ambiental no es solo un enfoque ético y teórico, sino también una estrategia de gestión operacional de todo el proceso educativo, como de revitalización cultural del conjunto de la sociedad nacional. La educación ambiental en el Perú debe responder a las necesidades del desarrollo sostenible del país, es decir a la conservación y aprovechamiento de la megadiversidad natural y cultural, la adaptación al cambio climático global, la prevención y gestión de riesgos ambientales, la integración y el ordenamiento del territorio.


La educación ambiental, está orientada a construir culturas y modos de vida sostenibles, puede darse a través del sistema educativo (educación básica y superior regulada por el Estado), como de la dinámica económica y social (ámbito del sector privado y la sociedad civil).
Ø  En las Instituciones Educativas de Nivel Básico y técnico productivo la educación ambiental se asume a través de:
• La gestión institucional, que desarro­lla los instrumentos y organiza la institu­ción educativa para los fines de la educa­ción ambiental.

• La gestión pedagógica, que desarrolla el proyecto curricular institucional y los procesos de diversificación a través de la programación curricular, y que tiene como estrategia integradora y dinamiza­dora los proyectos educativos ambienta­les. Esta gestión permite el despliegue de componentes temáticos o transversales orientados a desarrollar competencias específicas a través del diseño curricular diversificado y contextualizado de la ins­titución educativa, por ejemplo:

- Educación en salud, que nos per­mite lograr estilos de vida saludables en la comunidad educativa, así como proyectarla a toda la sociedad.
- Educación en ecoeficiencia, que nos conduce a desarrollar compe­tencias en investigación, emprendi­miento, participación y aplicabilidad para vivir de modo sostenible, con­trolando también de modo ecoefi­ciente los impactos ambientales significativos del servicio educativo.
- Educación en gestión del riesgo, que nos permite fortalecer la cultura de prevención y seguridad en la comunidad educativa, incluyendo situaciones de emergencia y crisis.
- Se suman a ellas nuevas experien­cias como educación turística, educación intercultural y los emergentes proyectos educativos regionales y locales.

Ø  En las instituciones educativas de ni­vel superior la educación ambiental se asume a través de sus roles en formación profesional, investigación, proyección social y ecoeficien­cia institucional, los cuales se expresan en compromisos de responsabilidad socio-am­biental elaborados, comprometidos y reporta­dos públicamente en coordinación con los en­tes rectores educativo y ambiental en el país.

OBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL:
Desarrollar la educación y la cultura ambiental orientadas a la formación de una ciudadanía ambientalmente responsable y una sociedad peruana sostenible, competitiva, inclusiva y con identidad.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
1. Asegurar el enfoque ambiental en los procesos y la institucionalidad educativa, en sus diferentes etapas, niveles, modalidades y formas.
2. Desarrollar una cultura ambiental apropiada en el quehacer público y privado nacional.
3. Asegurar la interculturalidad y la inclusión social en los procesos y recursos de la educación, comunicación e interpretación ambiental.
4. Formar una ciudadanía ambiental informada y plenamente comprometida en el ejercicio de sus deberes y derechos ambientales y en su participación en el desarrollo sostenible.
5. Asegurar la accesibilidad pública de la información ambiental, así como la investigación en educación y cultura ambiental.

LINEAMIENTOS

La Política Nacional de Educación Ambiental es de cumplimiento obligatorio para los procesos de educación, comunicación e interpretación de las entidades que tengan su ámbito de acción en el territorio nacional.
Para ello se dispone incorporar, desarrollar y/o fortalecer la aplicación del enfoque ambiental en las instituciones educativas y organizaciones de la sociedad, en el marco de los procesos de gestión transectorial, descentralización, democratización y modernización del Estado y de los procesos de desarrollo sostenible a escala local, regional, nacional y global, considerando el enfoque de género, intercultural y bilingüe.

*      EDUCACIÓN BÁSICA Y TÉCNICO-PRODUCTIVA


Lineamiento 1. Aplicar el enfoque ambiental en la educación básica a través de la gestión institucional y pedagógica, la educación en ecoeficiencia, en salud, en gestión del riesgo y otros que contribuyen a una educación de calidad y una cultura de prevención y responsabilidad ambiental.

Lineamiento 2. Promover la transversalidad de la educación ambiental, articulada con los proyectos educativos y de desarrollo local, regional y nacional.








Lineamiento 3. Afianzar la transectorialidad de la educación ambiental en las instituciones educativas.

Lineamiento 4. Incorporar el enfoque ambiental en todos los instrumentos de gestión educativa como el proyecto educativo institucional (PEI), el proyecto curricular institucional (PCI) y el plan anual de trabajo (PAT).


Lineamiento 5. Implementar proyectos educativos ambientales integrados, aprovechando los avances científicos y tecnológicos y fomentando el emprendimiento, la crítica, la inventiva e innovación.

Lineamiento 6. Constituir comités ambientales como forma básica de organización de las instituciones para los fines de la educación ambiental.


Lineamiento 7. Articular las acciones de educación ambiental de las instituciones educativas, el hogar y la comunidad local.


Lineamiento 8. Fortalecer las competencias en educación y comunicación ambiental de docentes y promotores con programas y proyectos públicos y privados.


Lineamiento 9. Los centros de educación técnico–productiva aplicarán el enfoque ambiental en los procesos de formación de competencias laborales y empresariales.

*      EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA Y NO UNIVERSITARIA


Lineamiento 10. Desarrollar el enfoque ambiental en la formación profesional, la investigación, proyección social y en la gestión institucional de las entidades de educación superior universitaria y no universitaria.
Estándares de cumplimiento:

La Política Nacional de Educación Ambiental es un instrumento de cumplimiento obligatorio que orienta las actividades públicas y privadas en el marco del proceso estratégico de desarrollo del país.

Para organizar su implementación, monitoreo y reporte público aplica los estándares de cumplimiento definidos en la Política Nacional del Ambiente, en el Proyecto Educativo Nacional, en el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Calidad Educativa y en el Plan Nacional de Acción Ambiental-PLANAA.

Además, para fines de la Política Nacional de Educación Ambiental, se establecen los estándares siguientes:
• Instituciones de educación básica con logro ambiental destacado.
• Instituciones de educación superior con logro ambiental destacado.
• Población con cultura ambiental apropiada.

• Experiencias ciudadanas de desempeño ambiental destacado.

ATTE:  LIZ CATHERINE PAREJA QUINTANILLA

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